Autor: Carmen Docampo González

ABEJAS MELÍFERAS EN GALICIA

Todos conocemos el triste dato del importante retroceso de las poblaciones de abejas. Pero algunos tenemos la suerte de vivir en un paraíso. ¡En Galicia todavía existen abejas melíferas silvestres europeas!

A ojos de los expertos, esto es un caso excepcional en Europa. Podría pensarse que estas colonias de abejas silvestres fueran descendientes salvajes de cepas extranjeras importadas por los apicultores. Pero no es así. Al analizar el patrón de venación de las alas, los investigadores de Julius-Maximilians-Universität Würzburg (JMU) de Baviera, descubrieron que todas las colonias observadas eran miembros de la abeja ibérica, Apis mellifera iberiensis.

Concluyeron que la supervivencia de las abejas melíferas gallegas depende en gran medida de cuán natural sea el entorno. Para las

colonias rodeadas por más del 50 por ciento de hábitats seminaturales, al menos una de cada dos colonias sobrevivió al invierno. Por el contrario, en paisajes con al menos el 25 por ciento de hábitat seminatural y,

por lo tanto, poco suministro de alimentos, la probabilidad de supervivencia era cercana a cero.

El estudio, publicado en la revista Biological Conservation, muestra la importancia fundamental de las formas extensivas de uso de la tierra y la restauración de características casi naturales del paisaje, como los setos vivos para la conservación de insectos.

Así que recalquemos la importancia de cuidar lo que tenemos y  esforcémonos en recuperar lo que hemos perdido.

Fuente: EUROPAPRESS

Foto de Aaron Burden en Unsplash

NUEVA LEY DE RESIDUOS Y SUELOS CONTAMINADOS

NUEVA LEY DE RESIDUOS Y SUELOS CONTAMINADOS

Entre los principales impactos sobre el medio ambiente y el cambio climático, se encuentran los residuos y las basuras marinas, ya que actualmente son los principales focos de preocupación actual.

En lo que se refiere a la incidencia de los residuos en el cambio climático, estos suponen una fuente difusa de emisión de gases de efecto invernadero, principalmente debido al metano emitido en vertederos que contienen residuos biodegradables. Por otra parte, la correcta gestión de los residuos evita que éstos acaben en el medio marino, lo que contribuye positivamente a la consecución de los objetivos enmarcados en las estrategias marinas para la protección y la conservación del medio ambiente marino.

La nueva ley de residuos aprobada el 31/03/2022 por el Congreso de los Diputados, da solución a esta problemática incluyendo objetivos concretos y cuantificables: reducción del peso de los residuos producidos de un 13% en 2025 y de un 15% en 2030 respecto a los generados en 2010. Además de las recogidas separadas ya existentes para el papel, los metales, el plástico y el vidrio, la nueva ley introduce un calendario de implantación de esas recogidas separadas de residuos para su preparación para la reutilización,  reciclado y valorización.

Así es que, para poblaciones de más de 5000 habitantes, será obligatorio la recogida selectiva de residuos orgánicos antes del 30 de junio de 2022 y antes del 31 de diciembre de 2023 para el resto. Entre los modelos de recogida que establezcan las entidades locales se deberán priorizar los modelos de recogida más eficientes, como el puerta a puerta y el uso de contenedores cerrados o inteligentes.

Cuando los biorresiduos se destinen a compostaje doméstico y comunitario, solo podrán tratarse conjuntamente con los mismos, los envases y otros residuos de plástico compostable que cumplan con los estándares europeos o nacionales de biodegradación a través de compostaje doméstico y comunitario.

Los biorresiduos se recogerán en bolsas compostables que cumplan la norma europea EN 13432:2000 u otros estándares europeos y nacionales sobre compostabilidad de plásticos.

La nueva ley de residuos y suelos contaminados también hace una apuesta decidida por una serie de medidas diferentes en función de las posibilidades de sustitución y las alternativas existentes sobre los plásticos de un solo uso.

Para los productos de plástico de un solo uso tales como: vasos para bebidas, recipientes para alimentos destinados al consumo inmediato (in situ o para llevar), se establece el siguiente calendario de reducción de la comercialización:

  • En 2026, se ha de conseguir una reducción del 50 % en peso, con respecto a 2022.
  • En 2030, se ha de conseguir una reducción del 70 % en peso, con respecto a 2022.

Al objeto de cumplir con los objetivos anteriores, todos los agentes implicados en la comercialización, fomentarán el uso de alternativas reutilizables o de otro material no plástico. En cualquier caso, a partir del 1 de enero de 2023, se deberá cobrar un precio por cada uno de los productos de plástico detallados en la ley que se entregue al consumidor, diferenciándolo en el ticket de venta.

Esta reducción trae consigo el fomento, y en algunos espacios el deber, de la venta de productos a granel, por lo que cada consumidor deberá disponer de sus envases.

La prohibición de determinados productos de plástico también viene contemplada en el nuevo texto:
 Queda prohibida la introducción en el mercado de productos como bastoncillos de algodón, cubiertos (tenedores, cucharas, cuchillos, palillos), platos, pajitas, agitadores de bebidas, palitos destinados a sujetar e ir unidos a globos (con excepción de su uso y aplicación industrial y profesional), …


Otros productos serán sujetos a requisitos de ecodiseño y otro grupo (como compresas, tampones, toallitas, …) tendrán que cumplir con requisitos de mercado como el marcado legible e indeleble que debe informar a los consumidores sobre las opciones adecuadas de gestión de los residuos del producto.

Por otro lado, se ha revisado la regulación marco de la responsabilidad ampliada del productor, en coherencia con la normativa comunitaria y medidas que garanticen la trazabilidad desde que el residuo se genera hasta su completo tratamiento.

La ley contiene también la regulación de los suelos contaminados, manteniéndose el anterior régimen jurídico. Como novedad, se ha incluido la creación del Inventario Nacional de descontaminaciones voluntarias de suelos contaminados que será tramitado y alimentado por registros autonómicos.

Por supuesto, la ley tiene mucho más contenido. Aquí dejamos el enlace para que tengáis toda la información.

https://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/BOCG/A/BOCG-14-A-57-4.PDF